El Ministerio de Fomento ha emitido un comunicado en el que confirma que a partir del sábado, 01 de noviembre, las compañías aéreas y navieras, así como los sistemas de reservas, deben permitir la consulta telemática de la certificación de residencia sin necesidad de presentar físicamente el certificado acreditativo de empadronamiento específico para viajes.
De este modo, los residentes en Canarias tendrán derecho a percibir la subvención sobre el importe de sus billetes de transporte aéreo o marítimo mediante acreditación telemática.
Sin embargo, para evitar inconvenientes y disgustos, es importante saber que habrá casos excepcionales en los que la comprobación telemática podría dar un resultado negativo. Por ejemplo, a los niños menores de 14 que carezcan de DNI, a los residentes que hayan obtenido su empadronamiento recientemente o a aquellas personas que hayan cometido errores al introducir los datos de su documento nacional de identidad, se les solicitará el Certificado de Viajes impreso.
Por otra parte, para evitar la posibilidad de que surjan otros inconvenientes técnicos derivados de la comprobación telemática, el propio Ministerio de Fomento informa que ante posibles fallos técnicos del propio sistema se dispone de una solución de contingencia con la que se puede seguir validando a los pasajeros residentes que hayan tenido una validación positiva previa en los seis meses anteriores.
La consulta de la residencia se realizará a través del sistema automático SARA, desarrollado por el Ministerio de Fomento, y al que las diferentes compañías aéreas y navieras, así como sus respectivos sistemas de reserva de billetes, se han ido integrando de forma progresiva.